martes, 15 de septiembre de 2009

Protección tradicional de sus ahorros

¿Sabe usted cuál es el máximo que el Estado le daría si su banco quiebra?

En el tradicional enfoque de "protección" a los ahorristas se pensaba que era suficiente con garantizar sus depósitos con un seguro estatal.

En los EE.UU. se creó el famoso FDIC (Federal Deposit Insurance Corporation) en 1933, después de la Gran Depresión. Con la actual crisis financiera el límite de garantía se subió hasta por US$250 mil, para tranquilizar a los depositantes de todo el país (antes era de US$100 mil, y volverá a serlo en 2014). Así que, a pesar del gran número de bancos quebrados (ver listado aquí), la FDIC asegura que nadie ha perdido un solo centavo en cuentas aseguradas.

En Guatemala el seguro para depósitos es por un máximo de Q 20 mil (unos US$2,405 al tipo de cambio de hoy). Se denomina Fondo para la Protección del Ahorro (FOPA) y está regulado en los artículo 85-95 de nuestra Ley de Bancos y Grupos Financieros (Decreto 19-2002).

En El Salvador existe el Instituto de Garantía de Depósitos (IGD) que cubre hasta por US$ 8,500. Es decir, que el seguro guatemalteco no llega ni al 30 por ciento del salvadoreño. O, en otras palabras, el seguro de El Salvador equivale a 3.5 veces el monto de Guatemala. Lo cual pone en desventaja a la misma banca guatemalteca y, en especial, a los usuarios chapines. Sin embargo, en la reforma recientemente planteada a la Ley de Bancos no se aumenta dicha cobertura. Así que este "mecanismo explícito de seguro de depósito" perderá su capacidad para dar "certeza jurídica al pequeño depositante acerca de la devolución de sus depósitos" (tomado de Iniciativa de Reforma, No. 4073).

1 comentario:

  1. El monto garantizado por el IGD en El Salvador ha sido elevado al US$9mil (enero 2010). Cada dos años la Superintendencia del Sistema Financiero actualiza el monto de la garantía.

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