por Carlos A. Mendoza, CABI
La semana pasada tuve la oportunidad de visitar Bogotá, para informarme sobre sus políticas e institucionalidad para la protección de los derechos del consumidor financiero (término que allá incluye a clientes, usuarios y clientes potenciales). Agradezco especialmente la cooperación brindada por la Dirección de Protección al Consumidor Financiero (adscrita a la Superintendencia Financiera de Colombia), especialmente la de su directora María del Pilar De la Torre, quien me facilitó los contactos con otros actores importantes.
En los próximos días estaré escribiendo el reporte del caso colombiano para el "Estudio comparativo sobre marco institucional para la defensa de los usuarios del sistema financiero: Casos de Colombia, El Salvador y México" financiado por la Fundación Soros-Guatemala.
Mientras tanto, invito a los lectores de este BLOG, a visitar el sitioweb de la Dirección de Protección al Consumidor Financiero.
Y a leer la nueva Ley 1328 (del 2009) que consolida Régimen de Protección al Consumidor Financiero AQUI
muy bna informacion la que tens aqui lastimas las personas solo le presten atencion a lo q no les sirve mucho
ResponderEliminarque pasa cuando de un credito hipotecario esta pactado a 15 años de los cuales se han cancelado 13 años y por circunstancias comprobables de desempleo me he atrasado. que debo hacer, a donde me puedo dirigir COLOMBIA.
ResponderEliminarestimado lector, le sugerimos visitar esta pagina:
ResponderEliminarhttp://www.superfinanciera.gov.co/Servicios/buzon.htm
Documento de la investigacion, estudio comparativo, disponible aqui
ResponderEliminarhttp://ca-bi.com/blackbox/?p=4050
Necesito saber que se hace si una coopertiva como coovalores se niega a entregar un paz y salvo de un credito ya cancelado con ellosy ademas no me entregan los excedentes que me corresponden en dicha entidad
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